Jueves 20 de noviembre de 2025

Nacionales — 19.11.2025 —

Imponen un máximo de tres personas por vez para las visitas a Cristina Kirchner

El juez Jorge Gorini dispuso nuevas restricciones tras una reunión con nueve economistas en el domicilio de la ex presidenta. El tribunal advirtió que, en caso de incumplimiento, podría revocar el beneficio del arresto domiciliario.


El juez federal Jorge Gorini resolvió imponer nuevas restricciones al régimen de prisión domiciliaria de Cristina Fernández de Kirchner, al constatar un incumplimiento de las condiciones vigentes. A partir de ahora, las visitas a su domicilio no podrán durar más de dos horas, estarán permitidas hasta dos veces por semana y no podrán superar las tres personas por vez.

La decisión fue tomada por el Tribunal Oral Federal 2, que modificó el régimen anterior tras constatar que la expresidenta recibió de forma simultánea a nueve economistas en su departamento de la calle San José 1111, sin la debida autorización judicial.

El episodio ocurrió el pasado 17 de noviembre, cuando Fernández de Kirchner publicó en sus redes sociales una foto del encuentro, en ocasión del Día del Militante. Según explicó, el grupo le entregó un documento económico de más de 400 páginas, elaborado por más de ochenta profesionales.

Si bien los visitantes figuraban en una nómina presentada por la defensa días antes, la autorización no contemplaba la reunión de todos al mismo tiempo. El juez concluyó que el encuentro violó las condiciones impuestas para su prisión domiciliaria.

En su resolución, Gorini sostuvo que ese tipo de reuniones “desvirtúan la lógica de restricción que caracteriza este régimen excepcional” y ordenó que, de ahora en adelante, toda visita no autorizada expresamente deberá solicitarse de forma individual, con justificación, fecha y horario.

El fallo también revocó una autorización general previa del 14 de noviembre, aunque mantiene el ingreso habilitado para familiares directos, abogados, médicos tratantes y personal de custodia, conforme a lo ya aprobado.

Por último, el tribunal advirtió que, ante nuevos incumplimientos, la modalidad de prisión domiciliaria podrá ser revisada e incluso revocada, según lo establece el artículo 34 de la Ley 24.660.

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