Viernes 01 de mayo de 2026

Nacionales — 30.04.2026 —

La Corte declaró inconstitucional el uso de datos personales sin consentimiento por parte del Estado

El máximo tribunal anuló artículos de la ley vigente y cuestionó el intercambio de información entre organismos estatales sin autorización.


La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el uso de datos personales sin consentimiento por parte del Estado y anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales al considerar que vulneran el derecho a la privacidad.

La decisión fue adoptada al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, luego de que su información fuera utilizada en el marco de un convenio que permitió a la ANSES transferir datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.

El fallo, firmado por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto al conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe un interés legítimo que justifique la recolección, almacenamiento y circulación de datos personales sin el conocimiento y consentimiento de sus titulares.

En ese marco, el tribunal declaró inválidas disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin autorización previa. Según argumentó, esas excepciones resultaban excesivas, ya que permitían al Estado sortear de manera generalizada la exigencia de consentimiento, lo que terminaba por vaciar de contenido la protección legal de los datos personales.

El caso se originó a partir del reclamo de la demandante, quien cuestionó el uso de su información con fines distintos a los que motivaron su entrega. En particular, señaló que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser contactada de manera reiterada.

En disidencia, el juez Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el planteo del Estado y mantener la sentencia previa, aunque sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de los artículos cuestionados.

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