Miércoles 12 de agosto de 2026

Nacionales — 12.08.2026 —

Nuevo índice para calcular jubilaciones: qué cambia desde septiembre y quiénes estarán alcanzados

El mecanismo se utilizará para actualizar los salarios históricos que intervienen en el cálculo de determinados beneficios previsionales. Alcanzará a trabajadores en relación de dependencia que cesen desde el 31 de agosto o soliciten su jubilación a partir del 1° de septiembre.


El Gobierno oficializó un nuevo índice para actualizar las remuneraciones que se toman como referencia al momento de calcular determinadas prestaciones previsionales. La medida alcanzará a trabajadores en relación de dependencia que cesen en su actividad desde el 31 de agosto de 2026 o que soliciten su beneficio jubilatorio a partir del 1° de septiembre.

El cambio no modifica la movilidad ni la actualización mensual de las jubilaciones que ya están siendo cobradas. Su función es otra: actualizar los salarios históricos de los trabajadores para llevarlos a valores actuales, ya que esas remuneraciones constituyen una de las variables utilizadas posteriormente para determinar el haber previsional.

La medida quedó establecida mediante la Disposición 10/2026 de la Subsecretaría de Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Capital Humano, publicada este miércoles 12 de agosto en el Boletín Oficial y firmada por la subsecretaria Alexandra Biasutti.

Qué cambia con el nuevo índice

La normativa establece el índice combinado previsto por la legislación previsional para actualizar trimestralmente las remuneraciones mensuales contempladas para el cálculo de determinados beneficios.

En términos sencillos, cuando una persona inicia su trámite jubilatorio, para determinar el haber correspondiente se consideran remuneraciones percibidas durante su trayectoria laboral. Como esos salarios corresponden a distintos momentos, deben ser actualizados mediante índices para poder incorporarlos al cálculo previsional.

La disposición publicada ahora establece el indicador que deberá aplicarse para esa actualización en el nuevo período.

Por eso, no debe confundirse este cambio con la fórmula mediante la cual se actualizan periódicamente las jubilaciones ya otorgadas.

¿A quiénes alcanza?

La disposición determina que el índice será utilizado para actualizar las remuneraciones de trabajadores en relación de dependencia que se encuentren en dos situaciones específicas: quienes cesen en su actividad a partir del 31 de agosto de 2026 y quienes soliciten su beneficio previsional desde el 1° de septiembre de 2026.

De esta manera, tendrá incidencia sobre el cálculo de los beneficios de quienes estén próximos a iniciar su jubilación y se encuentren comprendidos dentro de esas condiciones.

Cómo se determina el indicador

El mecanismo surge de la Ley 27.609, que modificó la Ley 26.417 y estableció un índice combinado para realizar la actualización trimestral de las remuneraciones contempladas por el sistema previsional.

Para confeccionarlo se utilizan dos componentes establecidos por la legislación, uno de ellos relacionado con la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).

El RIPTE es un indicador que permite observar la evolución de los salarios sujetos a aportes de trabajadores registrados y con determinada estabilidad laboral. Es decir, toma como referencia remuneraciones formales sobre las cuales se realizan contribuciones al sistema de seguridad social.

La metodología fue reglamentada posteriormente y establece que el organismo competente en materia de Seguridad Social debe elaborar y publicar trimestralmente el índice combinado.

Para este nuevo período, la Dirección Nacional de Políticas de la Seguridad Social confeccionó el indicador, que fue incorporado como anexo de la disposición.

La normativa entró en vigencia este miércoles 12 de agosto con su publicación en el Boletín Oficial, aunque su aplicación concreta alcanzará a quienes reúnan las condiciones establecidas desde fines de agosto y comienzos de septiembre.

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