Nacionales — 07.08.2026 —
Desalojos más rápidos y nuevas reglas para alquileres, los cambios para propietarios e inquilinos con la nueva ley
La iniciativa crea un procedimiento más rápido para recuperar inmuebles, amplía quiénes podrán iniciar acciones judiciales y establece nuevos mecanismos tanto para propietarios como para inquilinos. Ahora deberá ser tratada por la Cámara de Diputados.
El Senado de la Nación dio media sanción al proyecto de ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, una iniciativa que propone modificar los procedimientos de desalojo de inmuebles urbanos y rurales con el objetivo de agilizar los procesos judiciales. El texto, que ahora deberá ser debatido por la Cámara de Diputados, incorpora cambios tanto para propietarios como para inquilinos.
Entre las principales modificaciones, el proyecto establece que las acciones de desalojo deberán tramitarse mediante un juicio sumarísimo, una vía judicial más rápida que la actual. Además, amplía la posibilidad de iniciar una demanda, ya que no solo podrá hacerlo el propietario, sino también cualquier persona que acredite un derecho o interés legítimo sobre el inmueble.
Uno de los cambios previstos para los contratos de alquiler destinados a vivienda establece que, antes de promover un juicio por falta de pago, el propietario deberá intimar formalmente al inquilino y otorgarle un plazo mínimo de diez días corridos para regularizar la deuda. Esa notificación podrá realizarse en el domicilio fijado en el contrato, incluso por medios electrónicos.
Si transcurrido ese plazo el inquilino no cancela la deuda, el propietario podrá iniciar el proceso de desalojo mediante el procedimiento abreviado previsto en la iniciativa. El proyecto también dispone que, una vez finalizado el contrato, el locatario deberá restituir el inmueble y que el propietario no podrá negarse a recibir las llaves ni condicionar su aceptación.
En caso de que el propietario rechace la devolución del inmueble, el proyecto incorpora la posibilidad de que el inquilino realice una consignación judicial de las llaves. Si cumple con los requisitos establecidos, dejará de generar nuevas obligaciones vinculadas al alquiler desde la notificación fehaciente al locador.
Otro de los puntos centrales de la propuesta está relacionado con las ocupaciones precarias o intrusiones. En esos casos, el juez podrá ordenar la entrega inmediata del inmueble cuando considere acreditado, de manera verosímil, el derecho invocado por quien reclama, previa caución juratoria.
La iniciativa también contempla situaciones de vulnerabilidad. Cuando entre los ocupantes existan menores de edad, personas con discapacidad o adultos mayores en situación de desamparo, deberá intervenir el Ministerio Público Tutelar junto con los organismos de protección correspondientes. Además, el juez podrá fijar un plazo de hasta diez días para garantizar una solución habitacional transitoria.
El proyecto modifica además el sistema de notificaciones en los procesos de desalojo. Si no existe un domicilio especial constituido, la demanda podrá notificarse en el propio inmueble o mediante el domicilio electrónico. También se otorgan mayores facultades al oficial de justicia para identificar a los ocupantes, requerir documentación y solicitar el auxilio de la fuerza pública cuando sea necesario.
Por otra parte, la iniciativa prevé sanciones económicas para quienes oculten información relevante durante el proceso judicial. En determinados casos, quien impulse un desalojo omitiendo datos importantes podrá ser multado con un monto equivalente a hasta diez veces el valor del último alquiler.
El proyecto obtuvo media sanción en el Senado tras una jornada de intensas negociaciones políticas. Para reunir los votos necesarios, el oficialismo retiró del texto los capítulos vinculados con la Ley de Tierras y la Ley de Manejo del Fuego. Ahora será la Cámara de Diputados la que deberá definir si convierte la iniciativa en ley.







