Martes 02 de diciembre de 2025

Nacionales — 02.12.2025 —

ARCA actualizó el régimen de IVA para operaciones a través de plataformas digitales

La normativa redefine quiénes serán considerados sujetos no categorizados y establece nuevos parámetros para aplicar el régimen de percepciones.


La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó este martes en el Boletín Oficial la Resolución General 5794/2025, que introduce cambios en el régimen especial de ingreso del IVA para operaciones electrónicas concertadas mediante plataformas digitales. La norma actualiza los importes y parámetros de habitualidad utilizados para determinar a qué contribuyentes se les aplica el sistema de percepciones.

Según informó el organismo, la modificación busca recuperar la representatividad de los valores vigentes y brindar mayor claridad normativa. El régimen se aplica a personas humanas, jurídicas y sucesiones indivisas residentes en el país que realicen ventas de bienes no registrables o presten servicios a través de medios digitales.

Entre las principales novedades, la resolución redefine las condiciones para considerar a un contribuyente como “sujeto no categorizado”. A partir de ahora, se incorporan umbrales concretos: 10 operaciones y un monto mensual igual o superior a $750.000, o bien 4 operaciones por mes durante un cuatrimestre, siempre alcanzando el mismo parámetro. En el caso de bienes usados de uso personal, el monto límite asciende a $1.500.000.

La norma también aclara que el régimen de percepciones se aplica en el momento del cobro total o parcial de la comisión por intermediación, y que los sujetos no categorizados permanecerán en ese estado desde el mes siguiente a la verificación de habitualidad, hasta que se inscriban en el IVA, adhieran al Régimen Simplificado o cese su situación.

Además, se establece que las plataformas digitales deberán asegurar la identificación obligatoria de los usuarios mediante CUIT, CUIL o CDI, a fin de aplicar correctamente las percepciones.

Todos estos cambios entran en vigencia el 1° de diciembre de 2025 y se aplicarán a las operaciones electrónicas concertadas o perfeccionadas a partir de esa fecha, según consta en el texto firmado por el director ejecutivo de ARCA, Juan Alberto Pazo.

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