Miércoles 16 de septiembre de 2026

Nacionales — 15.09.2026 —

Revocaron el fallo que había frenado el nuevo régimen penal juvenil en Buenos Aires

La Cámara de Apelación y Garantías de Lomas de Zamora dejó sin efecto la medida cautelar que suspendía durante 60 días la aplicación de la Ley 27.801 en la provincia.


La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora revocó la medida cautelar que había suspendido durante 60 días la aplicación del nuevo régimen penal juvenil en la provincia de Buenos Aires, por considerar que un juez no puede dejar sin efecto de manera general una ley sancionada por el Congreso mediante una decisión de carácter provisorio.

De esta manera, la Justicia bonaerense dejó sin efecto la resolución dictada por la jueza Marta Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2, quien había ordenado la suspensión de la aplicación de la Ley nacional 27.801 a través de una medida cautelar.

La decisión había sido adoptada en el marco de un hábeas corpus preventivo y colectivo presentado por la Asociación Civil No Seas Pavote, integrante de la Federación Familia Grande Hogar de Cristo. La organización había cuestionado la aplicación del nuevo marco legal para adolescentes y solicitado medidas de protección frente a sus posibles efectos.

La cautelar dispuesta por Pascual alcanzaba específicamente a adolescentes que ya se encontraban privados de su libertad en territorio bonaerense y establecía que la nueva normativa no podía aplicarse sobre ellos durante el plazo de 60 días.

Sin embargo, el planteo presentado por la asociación tenía un alcance más amplio, ya que también contemplaba a jóvenes que pudieran ser aprehendidos, sometidos a un proceso judicial y eventualmente detenidos bajo las nuevas disposiciones del régimen penal juvenil.

Al revisar la medida, la Cámara consideró que una decisión cautelar no puede producir, con carácter general, el efecto de suspender la vigencia de una ley aprobada por el Congreso de la Nación. Con ese argumento, el tribunal revocó la resolución de primera instancia y habilitó nuevamente la aplicación de la normativa en la provincia de Buenos Aires.

comment DEJE SU COMENTARIO
info
IMPORTANTE: Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellas pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algun comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar.

campos obligatorios *

arrow_upward