Nacionales — 24.12.2025 —
Cautelar a favor del sistema universitario: deberán aplicarse los artículos clave de la Ley de Financiamiento
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11 hizo lugar a un planteo del Consejo Interuniversitario Nacional. Ordenó restablecer la actualización salarial y de becas estudiantiles mientras se resuelve la validez del decreto presidencial.
El Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N.º 11 resolvió otorgar una medida cautelar a favor del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), al disponer que se restituya de manera provisoria la vigencia de los artículos 5° y 6° de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario. La resolución judicial deja sin efecto el decreto del Poder Ejecutivo que había suspendido la aplicación de esa ley, bajo el argumento de que no contaba con una previsión presupuestaria expresa.
Los artículos restituidos establecen la actualización y recomposición de los salarios de docentes y no docentes, así como la actualización automática del monto de las becas estudiantiles, de acuerdo con los índices inflacionarios. En su decisión, el juez Martín Cormick consideró que existía una situación de arbitrariedad e ilegalidad manifiesta, por parte del Ejecutivo nacional.
La medida representa un respaldo judicial al reclamo del sistema universitario, que había cuestionado el decreto presidencial 795/2025, firmado meses después de la sanción de la ley por el Congreso. Según sostuvo el Ejecutivo en su momento, la norma debía quedar en suspenso hasta tanto el Congreso aprobara el financiamiento correspondiente. Esa interpretación dejó sin efecto, en la práctica, los mecanismos de actualización salarial y de becas previstos.
En octubre pasado, el CIN inició un proceso colectivo ante la Justicia para reclamar la inconstitucionalidad del decreto y exigir el cumplimiento inmediato de los artículos centrales de la ley. En su presentación, el organismo advirtió que la falta de actualización de salarios y becas afectaba el funcionamiento del sistema universitario y el derecho a la educación, así como los ingresos de miles de trabajadores del sector.
Al hacer lugar a la medida cautelar, el juez Cormick sostuvo que el caso configuraba una afectación colectiva de carácter urgente, y que el incumplimiento del Estado generaba una lesión concreta a derechos constitucionales, como el acceso a la educación y la autonomía universitaria.
La decisión judicial restablece de manera provisoria la vigencia de los artículos impugnados, mientras se resuelve el fondo del planteo. En ese marco, las universidades nacionales deberán recibir los fondos necesarios para actualizar salarios y becas conforme al índice inflacionario, hasta tanto exista una resolución definitiva sobre la constitucionalidad del decreto presidencial.






