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Instan a que el Concejo Municipal elabore el plan de contingencias para la ciudad

La iniciativa fue presentada por el concejal justicialista Sergio Ripoll. Según explicó, el mismo debe contener la descripción física del municipio, inundaciones históricas, localización de causes y medidas preventivas, descripción del tipo de riesgo o mecanismo de la inundación, localización geográfica del riesgo, entre otros puntos importantes.

santotomealdia  |  31.08.2010 00:19

El concejal justicialista del bloque “Futuro con Dignidad”, Sergio Ripoll, presentó una iniciativa legislativa mediante la cual se insta al Concejo municipal para que elabore el plan de contingencias de la ciudad.

Este plan, es un instrumento de gestión que define los objetivos, estrategias y programas que orientan las actividades institucionales para la prevención, la reducción de riesgos, la atención de emergencias y la rehabilitación en casos de desastres permitiendo disminuir o minimizar los daños, víctimas y pérdidas que podrían ocurrir a consecuencia de fenómenos naturales, tecnológicos o del obrar humano.

Dentro de los considerandos, el legislador recordó que “las autoridades Municipales, por la legislación vigente (Ley Provincial Nº 8094 y su Decreto Reglamentario Nº 4401), son los responsables directos de la protección civil de sus jurisdicciones y deben proporcionar administración y guía para la autoprotección organizada (autoprotección individual y colectiva), y constituir un vínculo entre los habitantes de la comunidad y la autoridad local de Defensa Civil”.

“Las Asociaciones Vecinales deben actuar como canales de información de la defensa civil en sus respectivas áreas de actividad y ser responsables de la organización y adiestramiento de las personas habitantes en sus zonas, para llegar a la autoprotección individual y para la autoprotección colectiva organizadas”, añadió.

Según esgrimió Ripoll, “se hace totalmente necesario contar con un conjunto de normas y procedimientos inmersos en el concepto de protección civil, cuya tarea primordial sea el proveer las condiciones necesarias de seguridad, mediante una labor deliberada, consciente y planeada, cuyo destino final sea siempre la participación activa de la sociedad en su conjunto”.

“Resulta prioritaria la búsqueda y definición de estrategias que prevengan y en su caso mitiguen los daños humanos y materiales que los desastres naturales o determinados accidentes puedan originar, ya que inciden significativamente en el proceso de desarrollo de las comunidades y en un retroceso desfavorable con un alto costo social y económico”, aseguró el concejal del bloque “Futuro con Dignidad”.

Explicando el Plan de Contingencias, puntualizó que “constituye el instrumento principal para dar una respuesta oportuna, adecuada y coordinada a una situación de emergencia causada por fenómenos destructivos de origen natural o humano. Debe comprender mínimamente: la determinación de los riesgos de acuerdo a distintos escenarios posibles, generación de hipótesis de situaciones de conflictividad; la organización interna y responsables de la atención del centro de evacuados; la previsión de los recursos humanos y económicos con los que se contarán; una correcta capacitación y difusión previa; las circunstancias del retorno al hogar de los damnificados, etc.”.

“Lamentablemente ya pasaron más de dos años y medio de la actual gestión municipal y todavía no contamos con esta vital y estratégica herramienta”, finalizó.


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COMENTARIOS DE LOS LECTORES (2)

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walter
31-08-2010 | 08:41

amigos ... es costumbre de los amiguitos del mono de hablar de lo que no se hizo , lo que se olvida ripoll que ellos fueron gobierno por mucho tiempo y como dice CESAR esta ley viene de muchos años anteriores. a ripoll y sus amigos le molesta que la gestión actual este en acción . ripoll y amigos caraduras

cesar
31-08-2010 | 00:30

Señor concejal al final de la nota se lamenta que en los años que pasaron de la actual gestión municipal no se pudo elaborar el plan de contingencia, herramienta de importancia ante cualquier emergencia que ocurra en la ciudad. Ahora bien en el comienzo de la nota hace referencia a una ley provincial y a su decreto reglamentario pero omitió dar las fechas de dichas legislaciones, las cuales para que todo lector lo sepa son: la ley provincial nº 8094 fue sancionada el 21 de agosto de 1977 y su decreto reglamentario data del año siguiente (o sea 1978), informo estos datos porque creo que para el lector son importantes porque cuando un representante del pueblo, intenta llevar agua para su molino diciendo verdades a medias, (alguién diría una cuasi mentira no?) pidiendo se cumplan leyes que no fueron cumplidas, y omitiendo que el fue parte, y muchas veces importantes de las anteriores gestiones, creo que aquellos que tenemos un poco de memoria y hemos vivido en mayor o menor medida las distintas catástrofes naturales (y a veces no tanto) ante estos pequeños olvidos nos vemos en la obligación de completar la información para que todos hagamos la correspondiente valoración de la información y los interlocutores

1 - 2 de 2 comentarios
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